Cubazuela: ¿soberana tierra del renovado dragón redgringo pitimoscovita?
Aquella y/o aquel que se considere a sí misma y/o a sí mismo un ser provisto de una capacidad de procesamiento racional en potencia, semiracional o racional en plenitud; para tal, sería inválido ignorar, ya sea a la flotilla de bombarderos estratégicos, a la de barcos acorazados, a las hordas de “especialistas” rusas y/o rusos, y de otras nacionalidades, o a los sendos contratos “soberanamente” signados en nombre del pueblo venezolano, incluso los que siendo bastante generosos, incitaron a que se declarase, y se sostuviese a nivel internacional, que la única justificación para que Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez asumiese el cargo de presidenta encargada y/o presidente encargado de Venezuela; que la razón en solitario para tal hecho, fue porque se presentó en una plaza pública, y volteó al cielo, cayéndole el cargo, de cualquier lugar, menos de la propia Constitución venezolana, la que, asimismo, y en su caso, podría darle justificación, de estar acordes con la misma, a los contratos señalados, sin mencionar los suscritos después de la formal asunción de la aludida presidenta encargada y/o el aludido presidente encargado.
Aunque, quizás por desgracia (suya), parece parecer que parece, que alguien sí “ignora” toda esa presencia imperialista e impositiva sobre alias Cubazuela, precisamente quien ocupa la jefatura de Estado de la Federación de Rusia, y que responde al nombre de Vladimir Vladimirovich Putin. De la misma forma que la susodicha persona, ya antes, como sacando argumentos e ideas de una chistera, señaló que aquellas y/o aquellos “especialistas” rusas y/o rusos, solo cumplieron el papel de “mercenarias patrioteras y/o mercenarios patrioteros”, que, con vehículos y equipamiento, pero “sin placas de ningún tipo que los identificase como material de guerra estratégico” (encima solo al alcance de esa superpotencia imperialista e intervencionista); que así, de libre y espontanea voluntad, esas temerarias y/o esos temerarios “especialistas”, un día amanecieron con ganas, y por eso se “anexaron” de Ucrania, la Península de Crimea, incluyendo la República Autónoma de Crimea, y Sebastopol.
Tampoco es dado ignorar el denominado modelo y/o script y/o estereotipo sirio, donde, alardeando de la soberanía de la República Árabe de Siria, se logró se pavimentasen las calles con calaveras y huesos. Como se puede apreciar en este texto en inglés: The State of Libya v. the Syrian Arab Republic: where is the moral high ground?
Ahora que no sería sensato tampoco, ignorar sus amplias, profundas y sofisticadas capacidades de manipulación e inhibición, las cuales no han sido sino fortalecidas a través de los recursos cibernéticos, lo que las y/o los hace ver hasta agradables, o paradigmáticas y/o paradigmáticos, incluso heroicas y/o heroicos. Ni se podría dar como inexistente el “cómico” histrionismo con que salen a las plazas públicas, a, demagógicamente, despotricar posiciones, en cierta medida justificadas, pero también en muy amplia medida, exageradas; exteriorizando una expresión poética de la coprolalia que las y/o los inunda, cuya justificación no es otra, que cosechar el odio que han sembrado a un nivel subconsciente en las personas, y en las clientelas, el cual es autótrofo, pues ciertamente es más fácil culpar a un imaginario imperio, dando golpes expropiatorios y populistas, nacionalizando, regalando, repartiendo dadivas y migajas; ciertamente eso es más fácil, que generar estructuras y círculos virtuosos, y riqueza, en el marco de un capitalismo inclusivo, incluyente y con responsabilidad social; lo cual se vuelve todavía más difícil, al haberse erosionado las inversiones, que, en primera instancia, ya existían (pues si un negocio tarda un promedio de cinco años en florecer, ¿cuántos años podría tardar en fructificar esa inversión a largo plazo que se esfuma aquel día donde la dictadora y/o el dictador amanece con ganas de desaparecerla?). Y, pues, irónicamente, el pueblo parece preferir comer de la basura o comerse las repisas de fierro de lo que queda de los supermercados, si eso les satisface el derrotista vicio subconsciente, de culpar a los imaginarios imperios, y demás patiquines, y bastardas y/o bastados oligarcas, a las extremas derechas, trayendo a colación a hipotéticas heroínas difuntas y/o hipotéticos héroes difuntos, para que con la osmosis con sus recuerdos exageradamente explotados, hagan aquello de lo que ellas y/o ellos son, probadas y/o probados, y comprobadas y/o comprobados, incapaces.
Claro que, cuando tal desemboca en acusaciones de severas violaciones a los derechos humanos, en crímenes serios, en señalado uso de armas químicas, en represión, en ejecuciones sumarias, en persecuciones, en tormentos psicológicos, en resignaciones impuestas, en espíritus quebrados, pues deja de ser chistoso. Y la más sofisticada y actual de tales expresiones, es justamente el denominado modelo y/o script y/o estereotipo sirio, donde a base de ir ganando espacio y tiempo, lograron extender los efectos de la causa de la represión, de tal forma que, al dispersarse una hipotética cohesión de intereses, de forma cada vez más violenta, se justificase su “heroica” intervención, obstruyendo por parte de la comunicad internacional, una salida más eficaz y consensuada, pues, por el contrario, se posicionaron (haciendo gala de sus admirables capacidades de manipulación táctica sistematizada) como paladines de la justicia, dinamitando instituciones, como, por ejemplo, el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, a la Organización de las Naciones Unidas, y a la Organización del Tratado del Atlántico Norte; normalizando, asimismo, el destronamiento de democracias, mediante intervenciones, producto de la denominada “guerra hibrida”, donde se mezcla lo real, con lo cibernético, y lo militar, con lo civil; haciendo un coctel de meta-data, incapaz de validarse en qué medida es real o falso, y cuál es cuál, o si algo es algo; y donde aparenta ser más fácil imponer resultados electorales, de refrendo, etcétera, que se van calentando, hasta que, en la última hora, midiendo el pulso que les da la red, incendian y posicionan de una forma, lo que militarmente les hubiese sido materialmente imposible; alimentando de igual manera, los bolsillos de una mezquindad, por supuestamente considerarse “conservadora” (y, claro, sin ningún provecho genuino, sino el de sus propios intereses). En suma, por ejemplo, respecto al caso de la República Árabe de Siria, declarando “la victoria” de haber sostenido a una dictadora y/o a un dictador y/o a una tirana y/o a un tirano.
Ahora que el modelo y/o script y/o estereotipo sirio, no es el tema principal de estas letras, y solo se toca con la pretensión de alertar para que no se repita, pues podría parecer claro que esas flotillas de bombarderos y barcos estratégicos, y las hordas de “especialistas”, solo buscan, justamente, ganar espacio y tiempo, para ir saltando los sucesos del acontecer, y así, como lo han hecho eficazmente hasta ahora, perpetuarse en el poder, o perpetuar en el poder, a quien satisface sus intereses (sin importar que su probada ineptitud, como es el caso, impacte de una forma tan nefanda, el derrotero de las sociedades).
Siendo así, olvidando todo lo anterior, nuestra pretensión es contestar las siguientes preguntas: uno, ¿son las limitaciones impuestas por parte de los Estados Unidos de América suprainclusivas (comprenden circunstancias que no encuentran justificación)?; dos, ¿Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez asumió el cargo constitucional al presentarse en una plaza pública y voltear al cielo, o los jugosos contratos, los bombarderos estratégicos, las flotillas de acorazados, y las hordas de “especialistas” son quienes voltearon al cielo para ganar espacio y tiempo (aunque ahora ya se niegue, y critique (como suele suceder), a quien, según, les dio justificación)?; y tres, ¿material y constitucionalmente, cuál es la salida que se propone?
Estas preguntas encuentran una respuesta amplia en este artículo en inglés: Venezuela: is Guaidó’s rise to power constitutionally unsound or is the presence of Russian military specialists a “material” imposition and/or occupation of alias Cubazuela?
– La respuesta concreta a la primera pregunta (para el caso específico de Venezuela), sería: no. Incluso al margen de todo el daño que se ha causado al pueblo, de las razones humanitarias, y todo lo antes señalado (contratos, aviones, barcos, “especialistas”, etcétera); inclusive así, solo desde el punto de vista constitucional, no son suprainclusivas las limitaciones de los Estados Unidos de América a la economía venezolana que se dieron a partir del día 25 de abril de 1999 (las cuales, además, en su mayoría, estuvieron dirigidas a individuas específicas y/o individuos específicos), pues el proceso del que emergió la denominada Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (y, por consiguiente, la República Bolivariana de Venezuela), fue constitucionalmente fraudulento, ya que el nombrado como “Referéndum para la Convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente”, dentro del orden constitucional, solo podría haber sido para que, justamente, en la propia constitución, se obligase se incluyese el proceso para un constituyente, pues sería ilógico que por medio de una consulta regulada a nivel legal, donde, además, solo el 34.9% de las personas con esa capacidad, votaron a favor (ignorando no solo al restante 65.1% de quienes tenían voto, sino, objetivamente, la voz de las demás venezolanas y/o los demás venezolanos, sobre quienes también residía la soberanía, ejercida, mediante el sufragio, por los órganos del poder público, y sobre quienes, por tanto, también tendría un impacto en su esfera jurídica de derechos, la eventual hipótesis que se fijase en la operante Constitución de la República de Venezuela, respecto a las características que debiese tener, el, en su caso, futuro, y pretendido, constituyente); sería inválido, por consiguiente, que a esa mano alzada, de manera populista y demagógica, se suprimiese todo el orden constitucional, como acontece en guerras, revoluciones, catástrofes, y demás sucesos, que verdaderamente lo destronan; lo cual, encima, queda patente al no solo haber implicado ir en contra de las decisiones de la Suprema Corte de Venezuela, sino al eliminar, precisamente, a la Suprema Corte en su totalidad, la cual, sobra decir, obraba dentro de tal orden constitucional. Por lo que, en sentido estricto, lo lógicamente correcto (sin descontar los avances materiales que pudiese tener la Constitución de 1999); lo correcto sería reinstituir la Constitución de la República de Venezuela de 1961 (y, subsecuentemente, a la República de Venezuela), máxime que la soberanía, según el artículo 4 de esta última, como se señaló, residía (ergo reside), en el pueblo.
Sin embargo (aun ignorando la severa crisis humanitaria que tiene su razón de ser en clientelismos populistas, que, a base de expropiaciones, nacionalizaciones, incapacidad, arbitrariedad, violaciones a los derechos humanos, etcétera, han erosionado las inversiones y desplomado la economía venezolana); por tanto, a partir del 1 de mayo de 2017, hubiera sido un crimen constitucional contra el pueblo venezolano (como de suyo lo es todo contrato que sobre los recursos del pueblo se signe con Nicolás Maduro Moros, et alia, o, como de igual forma lo son, los bombarderos estratégicos, los acorazados, las y/o los “especialistas”, etcétera); desde esa fecha (a diferencia de las histriónicas victimizaciones y/o justificaciones; de irse a postrar en este o aquel país a negociar esto o aquello, de arengar a las fuerzas armadas, de sacar al pueblo a las calles, de alimentar el odio, y de insultar a destajo a los países vecinos, y montarse y victimizarse en este o aquel organismo, y ser reconocidas y/o reconocidos a base de falsedades, etcétera); desde esa fecha, no imponer límites, hubiera sido constitucionalmente criminal contra el pueblo venezolano. Y lo es de esa forma, pues no solo se desatendió el artículo 348 de la Constitución de Venezuela de 1999, votado y publicado, en el sentido de que “La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros, la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, los Consejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos, y el quince por ciento de los electores inscritos o electoras inscritas en el registro electoral”; hubiera sido, y es, un crimen constitucional contra el pueblo venezolano, por tanto, ignorar que no solo se abstuvieron de concurrir todas esas instituciones y personas necesarias para la iniciativa a un proceso constituyente, del que eventualmente emergiera una nueva constitución, sino que, esta vez, ni siquiera se les consultó a las venezolanas y/o a los venezolanos, si querían una nueva constitución; sino que se convocó, por medio de las clientelas institucionalizadas, directamente, a que estas mismas, votaran por dicha Asamblea Nacional Constituyente, que “virtualmente” pretende sustituir a la Asamblea Nacional, legítimamente votada, e instalada, y a través de la cual el pueblo venezolano ejerce su poder originario.
Lo anterior, al margen de que existan versiones difusas (y, consecuentemente, sospechosas) que en vez de “y”, señalen “o”, pues la que se votó, y la que se publicó (en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, número 36.860, año CXXVII, mes III, el jueves 30 de diciembre de 1999, en Caracas, Venezuela); ambas usan “y”, y obligan, por consiguiente, a que sean todas esas personas e instituciones juntas y no una “o” la otra, las que llamen a la hipotética Asamblea Nacional Constituyente. Lo anterior, otra vez, aun ignorando la tan severa y tan compleja crisis humanitaria que vive Venezuela, y que ha impactado a una variedad amplia de países vecinos.
– La respuesta a la segunda pregunta, sería que Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez no asumió el cargo constitucional al presentarse en una plaza pública, y voltear al cielo, sino, producto del artículo 233 constitucional. Por consiguiente, los jugosos contratos, los bombarderos estratégicos, las flotillas de acorazados, y las hordas de “especialistas”, son quienes voltearon, y voltean, al cielo, para, a espaldas, y en contra de los genuinos intereses constitucionales, y materiales, del pueblo venezolano, ganar espacio y tiempo (aunque ahora ya se niegue, y se critique, a quien, según, les dio justificación (dentro, encima, de esa misma constitución)).
Más aún, dado que la Asamblea Nacional es la institución neurálgica a través de la cual el pueblo ejerce su poder originario, es obvio que el Tribunal Supremo de Justicia no la puede declarar inconstitucional (del cual, de suyo, según el 265 constitucional, sus magistradas y/o magistrados pueden ser removidas y/o removidos por ésta); máximo si, como es el caso, la Asamblea Nacional fue legítima y constitucionalmente votada por el pueblo venezolano, desde el 6 de diciembre de 2015, y debidamente instalada, desde el 5 de enero de 2016, hasta el 5 de enero de 2021. Por lo que es lógica y constitucionalmente imposible, que dicha Asamblea Nacional traicione la voluntad que el pueblo les depositó para que ejerciesen su poder originario, al juramentar o darle cualquier clase de legitimidad, o cualquier clase de reconocimiento, a una persona con las características respecto a su existencia legal frente al Estado, como las que Nicolás Maduro Moros, eventualmente, pudiese poseer; incluso, si, en su caso, fue efectivamente votada de cualquier forma esa persona, pues cualesquiera que hubiesen sido los elementos teatrales de tal acto jurídicamente imaginario, se contraerían a una hipótesis que no corresponde a la constitución, a través de la cual las diputadas y/o los diputados, ejercen el poder originario que el pueblo les depositó.
Y el crimen constitucional contra las venezolanas y/o los venezolanos por parte de la flotilla de bombarderos estratégicos, de los barcos acorazados, de las hordas de “especialistas” rusas y/o rusos, y de otras nacionalidades, y de los sendos y jugosos contratos “soberanamente” signados en nombre del pueblo venezolano (todos obviamente convergiendo en la intención de sostener a alias Cubazuela y a Nicolás Maduro Moros, et alia; a pesar de que aparentemente se les critique (pues no hay duda de la presencia de tales naves y personal militar, y de que están bajo el “auspicio” de tal ente carente de existencia constitucional (siendo que, incluso, Vladimir Vladimirovich Putin, ha señalado de que goza de la libertad de allegar más naves y más personal a alias Cubazuela, cuando así su voluntad (que desde esta óptica está por encima y tiene mayor fuerza que poder el pueblo de Venezuela); que arrimará naves y personal, cuando su libre voluntad, imperialmente, con el pretexto de satisfacer esos contratos signados con Nicolás Maduro Moros; que va a disponer del suelo venezolano para acopiar, añadir o adjuntar naves y personal, cuando su voluntad, así, a capricho de esos contratos signados a espaldas del pueblo venezolano, se lo demande))); tal crimen constitucional, sin duda se acrecienta al ignorar que esta vez, mediante el decreto presidencial número 2830, ni siquiera se consultó al pueblo para saber si quería una nueva constitución, sino que se convocó, por medio de las clientelas institucionalizadas desde la época del denominado chavismo; directamente se convocó a que las clientelas de los grupos más vulnerables, votaran, a mano alzada, por dicha Asamblea Nacional Constituyente, que “virtualmente” pretende sustituir a la Asamblea Nacional, legítimamente votada, e instalada, y a través de la cual, el pueblo (ése, no otro), ejerce su poder originario.
Por lo que, a diferencia de lo que cree Vladimir Vladimirovich Putin (a través de lo cual, desde su prisma de la realidad, pretende justificar la presencia de la flotilla de bombarderos estratégicos, de los barcos acorazados, de las hordas de “especialistas” rusas y/o rusos, y de otras nacionalidades, y de los sendos y jugosos contratos “soberanamente” signados en nombre del pueblo venezolano); a diferencia de lo que acontece, o parece acontecer, en la mente de quien ocupa la jefatura de Estado de la Federación de Rusia (y de otras actoras y/o otros actores internacionales); a diferencia de tan severo error del entendimiento, ni Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez asumió el cargo, al, desde una plaza pública, voltear al cielo, ni sus seguidoras y/o seguidores están locas y/o locos, ni menos lo está la Asamblea Nacional, legítimamente votada, e instalada, a través de la cual, el pueblo, ejerce su poder originario, y que, ciñéndose al numeral 233 constitucional, por producirse la falta absoluta de la presidenta y/o el presidente de Venezuela, al pretender imponerse un “orden constitucional” todavía más arbitrario y artificial del que ya existía; en lealtad al pueblo venezolano, mientras se procede a una nueva elección universal, directa y secreta, se dejó de presidenta encargada y/o presidente encargado, a la presidenta y/o al presidente de la Asamblea Nacional, que, específicamente, resulta ser Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez. Todo esto al margen de que, desgraciadamente, las naves de aire, de agua, y el personal y/o las naves de tierra de procedencia extranjera (y también el ejército venezolano, en palmaria contravención a la voluntad de su pueblo, y de esa constitución que les da razón de ser, por no decir soberanía qué defender); todo al margen de que las actoras señaladas y/o los actores señalados, estén ahí, desafortunada y objetivamente, anquilosadas y/o anquilosados, en esa posición tan injusta, contra, precisamente, el propio pueblo venezolano, ello solo con el propósito material de sostener de forma artificiosa, tanto a Nicolás Maduro Moros, como a alias Cubazuela.
– Respecto a la tercera pregunta, constitucionalmente hay tres soluciones: la primera, y lógicamente la más correcta (sin desconocer, o reconocer, que la Constitución de 1999, pudiera, o no, tener avances); lo estrictamente correcto, sería reestablecer la Constitución de la República de Venezuela, a la República de Venezuela, y establecer el proceso para el constituyente, tal cual lo votó el pueblo venezolano en 1999; la segunda opción, que es la más asequible, es que la Asamblea Nacional, ejerciendo Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez las facultades ejecutivas pertinentes, llame a elecciones constitucionales; y la tercera, es que, respetando el texto del artículo 348 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, todas las personas e instituciones ahí señaladas, llamen a un constituyente.
Claro que, para que materialmente la Asamblea Nacional, y Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez, venzan la fuerza del renovado dragón redgringo pitimoscovita, expresada en la forma de la presencia de la flotilla de bombarderos estratégicos, de los barcos acorazados, de las hordas de “especialistas” rusas y/o rusos, y de otras nacionalidades, y de los sendos y jugosos contratos “soberanamente” signados en nombre del pueblo venezolano; pues el poder, y la legitimidad, que emanan de ese pueblo, indubitablemente, ya lo, y la, tienen; para derrotar la fuerza del renovado dragón redgringo pitimoscovita, no basta que en el terreno de las formas, Vladimir Vladimirovich Putin, se limite a reprimir a Nicolás Maduro Moros; por el contrario, el pueblo venezolano tiene que vencer al susodicho dragón redgringo pitimoscovita, a través de la espada flamígera de su soberanía, saliendo masivamente a las calles, de tal suerte que el poder y la legitimidad de que constitucionalmente ya gozan, tanto la Asamblea Nacional, como, subsecuentemente, Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez; para que ese poder y legitimidad se alumbren con la fuerza de esa espada del pueblo soberano, destronando toda institución artificialmente impuesta en alias Cubazuela, y expulsando a quienes están ahí de forma ilegal, inconstitucional e ilegítima, para que así se les permita, por fin, y al fin, ejercer su propio derecho constitucional de ir a las urnas, en una nueva elección universal, directa y secreta; genuina y verificablemente libre, y ausente de las presiones institucionalizadas del régimen en colapso, impuesto, sí, por fuerzas imperiales, pero distintas a las que consuetudinariamente han fanfarroneado, endilgándoles falsas culpas (que, en realidad, como se ha demostrado válidamente en este texto, son actitudes que comprenden circunstancias que encuentran justificación en favor del pueblo venezolano); de tal forma que esas elecciones, realmente ausentes de toda coerción; como debe ser en un entorno genuinamente democrático, que esas elecciones satisfagan a todas las venezolanas y/o a todos los venezolanos.
Nota: en Venezuela hubieron, bajo el paraguas de esta ilegitimidad, cuando menos:
Los siguientes aviones de guerra:
-Tu-160 bombardero estratégico, capaz de cargar misiles de crucero con poder de fuego nuclear.
-IL-62, avión de pasajeros.
-AN-124, avión de carga militar.
Y los siguientes barcos de guerra:
-Almirante Gorshkov, de los más avanzados de la marina rusa, armado con misiles de crucero, sistemas de defensa aéreos, y otras armas.
-Elbrus, buque logístico multifuncional.
-Kama, buque cisterna.
-Nikolai Chiker, remolcador de rescate.
Nota 2: La cuestión de la República de Venezuela, (i.e., pues la [a través de un proceso fraudulento, de lesa humanidad criminalmente impuesta, y a través de un proceso fraudulento al cuadrado, de lesa humanidad criminalmente sostenida, de-facto de-facto] ‘República Bolivariana’ de Venezuela falla en existir), es, lógicamente, la misma hipótesis, (i.e., el otro lado de la misma moneda), que con Muammar Mohammed Abu Minyar Gaddafi, (cuya defensa era que no detentaba algún vínculo constitucional con el Estado, solo que en este caso de la República de Venezuela, la cuestión es que la “constitución” en sí misma está en contra de la Constitución, luego, toda la “constitución” es ilegitima, (más todavía lo es Nicolás Maduro Moros, quien incluso traicionó esa “constitución”, (pues fue “’inconstitucionalmente’” impuesto, y es “’inconstitucionalmente’” mantenido impuesto (con todos los crímenes de lesa humanidad que debieron ocurrir (y ocurren en este momento) para que eso sucediera, y para que persista))); en la forma que él, Muammar Mohammed Abu Minyar Gaddafi, puso su grande tienda de campaña beduina en un area donde estaba prohibido acampar en Manhattan, para dar un discurso en nombre de la Gran Yamahiriya Árabe Libia Popular Socialista, (i.e., hoy el Estado de Libia), como se señala en esta pieza; todo en el sentido que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), proveyó a Nicolás Maduro Moros el derecho de atender a la ONU, aun los Estados Unidos de America (EUA) hubiesen impuesto sanciones desde que la Constitución fue “sustituida” en una forma fraudulenta, pues para el tiempo que ocurrió, (que Nicolás Maduro Moros atendió a la ONU), no reconocían el régimen de-facto de-facto. Todo en las formas, acciones, y a razón de los argumentos válidos arriba expuestos.